En 1776 el Congreso de los Estados Unidos aprobó la Declaración de Independencia, precursora de la Constitución de 1787; y en 1789 en París la Asamblea Nacional Constituyente aprobó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Ambas declaraciones hicieron énfasis en el tema de los derechos humanos. Por lo tanto, los grandes protagonistas del siglo XVIII de la historia de los derechos humanos fueron los políticos de cada lado del Atlántico. ¿O no?
Para Lynn Hunt el siglo XVIII fue testigo de un nuevo sentimiento interno de los ciudadanos que les ayudaba a reconocer los derechos de los demás como individuos; y fueron las novelas las que enseñaron compasión hacía personas ajenas a la familia y el entorno inmediato. Las novelas no ofrecían una moralización explícita sino implicaban a los lectores en la narración, de manera que sentían lástima por las desgracias de los protagonistas. Autores como el inglés Samuel Richardson (Clarissa) y el francés Jean-Jaques Rousseau (Julia, o la Nueva Eloísa) recibieron cartas de hombres de las clases privilegiadas que expresaban su aflicción al enterarse de la mala fortuna de las criadas heroínas de las historias. Más adelante la noción de empatía substituiría la de compasión o lástima, desapareciendo la implicación de condescendencia. Tal empatía jugó un papel importante en la abolición de la tortura en Francia.
La adquisición de derechos implicaba el reconocimiento de la individualidad y autonomía de las personas, capaces de sufrir y empatizar con el sufrimiento de otros. El concepto de individualidad, o la noción del yo, cambiaba durante el transcurso del siglo XVIII. Pintores como Joshua Reynolds en Inglaterra hacían retratos con posturas naturales, menos rígidas; crecía la consciencia de la importancia de la higiene personal; y la música despertaba sentimientos particulares (por primera vez el público callaba en los teatros por respeto a los demás).
El traslado en Francia del mundo de los sentimientos a la realidad práctica de la legislación no era fácil. Los derechos de votar eran del hombre, una figura universal que se tenía de definir. En principio representaba a personas de género masculino, franceses de nacionalidad, católicos, mayores de 25 años y que pagaban impuestos. Pero había otros grupos concebibles que fueron incorporados después de la debida consideración, como los protestantes, los judíos (durante un tiempo), los propietarios de tierras, los actores y verdugos (siempre considerados con reservas) y los hombres de más de 21 años. En general quedaban excluidos los esclavos y los negros libres en las colonias porque parecía, en palabras del Comité de Colonias, que la diferencia de lugares, costumbres, clima y productos requiere una diferencia en las leyes; y en ningún caso se consideraba a las mujeres porque les faltaba autonomía al depender de sus maridos o de sus padres.
La invención de los derechos humanos, Lynn Hunt, Tusquets Editores, 2009, 296 páginas, 978-848-3831-85-4
Inventing Human Rights, Lynn Hunt, W. W. Norton & Co., 2008, 272 páginas, 978-039-3331-99-8
La versión española es difícil de conseguir ahora mismo aunque se encuentra en algunas bibliotecas públicas. La versión inglesa sí es disponible en librerías.
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