Libertad e intimidad, dos derechos fundamentales del hombre recogidos en los artículos 12 y 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y que toda sociedad actual debe de proteger y fomentar.
¿Pero hasta dónde alcanzan los límites?
La intimidad es el ámbito libre y exclusivo que rodea al individuo, y que solo él controla. El derecho a la intimidad es el que ejerce una persona al mantener su esfera personal alejada de la vista de los demás, e incluso decidir qué es lo que permite ver y lo que no, y hasta controlar el uso que se de a la información permitida.
Miguel de Cervantes, en boca de Don Quijote, ya lo manifestaba así: “Mucho mejor me sabe lo que como en mi rincón, sin melindres ni respetos, aunque sea pan y cebolla, que los gallipavos de otras mesas donde me sea forzoso mascar despacio, beber poco, limpiarme a menudo, no estornudar ni toser si me viene gana, ni hacer otras cosas que la soledad y la libertad traen consigo.
Pero, qué ocurre cuando esa persona es pública o famosa? Dejaré esta pregunta para más adelante, antes hablaremos de libertad.
La libertad es el don de todo ser humano que le permite ser dueño absoluto de sus actos. Todo ser humano es libre, es algo que se lleva en los genes y es una manera de estar y ser en la vida.
Don Quijote hablaba de ella diciendo que…” La libertad es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos”.
Hay varios tipos de libertad: física, intelectual y moral. Y esta última es la que
puede entrar en conflicto, desde el punto de vista ético. El ser humano es libre de hacer, pensar, decir lo que desee, siempre y cuando no cause perjuicio o dañe con sus acciones.
Al igual que tiene derecho a la libertad y a la intimidad, también lo tiene a la información y a la cultura, ya que son fundamentales para el desarrollo del ser humano.
Lo que no se conoce parece que no existe, y sin la cultura, sin la difusión de ese conocimiento, el hombre no puede desarrollarse. Por eso es fundamental que se investigue, se busque, se recopilen informaciones y se difundan, aunque en muchas ocasiones se corra el riesgo de amenazar o socavar esa faceta privada de los individuos.
Estamos hablando de libertad de expresión en los medios de comunicación.
Volvamos a la pregunta que planteé más arriba, retomemos al hombre público.
El derecho a la intimida al igual que el derecho a la información son esenciales para las personas y deben de estar garantizados y protegidos en todos los países. Pero, estos derechos, algunas veces, chocan y se oponen entre sí, iniciándose de nuevo el debate sobre los límites de cada uno.
La libertad de prensa enfocada desde el aspecto social tiene un carácter primordial ya que sirve para garantizar otras libertades fundamentales para el hombre en democracia. Eso no significa que la prensa tenga siempre la verdad entre sus manos y ostente un cierto poder divino frente al resto de la sociedad. La vida privada de las personas es intocable, pero es cierto que en el caso de personas con notoriedad y en asuntos de interés público, los ciudadanos tienen el derecho a acceder a esas cotas privadas de esos personajes. La polémica surge cuando se traspasa la faceta más íntima de sus vidas.
Ha sucedido, en ocasiones, que algunas de esas personas públicas, cuando han considerado que favorecía a sus intereses, han permitido a la prensa echar una ojeadita a su intimidad, para después, pasado ese momento puntual, cerrar la ventana que ellos mismos abrieron, clamando por su privacidad.
Estas actuaciones son intolerables. No se puede utilizar a la prensa solamente cuando sus informaciones sean favorables o útiles para después prohibir el acceso al público sin ningún criterio serio y responsable. El límite lo fija cada persona según el grado de exposición que haya elegido adoptar. No significa esto que tras la simple aparición en algún medio de comunicación las personas públicas renuncien al derecho a la intimidad.
Considero muy importante la existencia de pautas claras para garantizar estos dos derechos. Es cierto que, en muchos casos, poner esos límites es complicado y hay que estudiar muy bien el que debe de primar sobre el otro. Pero tampoco hay que olvidar que el ejercicio del derecho a la privacidad, es un acto de libertad.
Por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida… dijo Don Quijote a su buen escudero Sancho.
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